Un buen artículo para leer. A saber: solo los transportes públicos pueden grabar con cámaras, solo pueden ver las imágenes los agentes de la autoridad y además, las cámaras han de ser un modelo
autorizado y registradas en la AEPD.
https://www.elconfidencial.com/tecnologia/2018-08-13/grabacion-transporte-publico-privado-leyes_1603171/ #RGPD #GDPR